Comunicado de instituciones sanitarias


Buenos Aires, 12 de junio de 2018

 

Objeción de conciencia, delitos de profesionales y libertad de las instituciones

Ante el próximo debate en la Cámara de Diputados del Proyecto de Ley que propone legalizar el aborto en la Argentina, las instituciones sanitarias abajo firmantes agradecemos a quienes con seriedad y preocupación por el bien común han participado de un debate tan trascendental en la historia de la Medicina en nuestro país.

Tradicionalmente, los centros de salud han nacido por el empeño de médicos, enfermeros y otros trabajadores de la salud que, compartiendo un interés común, han volcado su ciencia y recursos para curar, cuidar y salvar vidas. Lo han hecho con la libertad de elegir qué servicios y prácticas brindar de acuerdo a su experiencia, motivaciones, y posibilidades. Muchos, en sintonía con la ley vigente, y también con sus convicciones, no promovieron nunca la realización de abortos. Hoy, practicar un aborto es un delito. Si se aprueba el Proyecto de Ley, el delito podría ser no practicarlo.

Instamos a los parlamentarios que deben votar este proyecto, y a nuestros pares que puedan pensar distinto sobre el aborto, a respetar la conciencia y la libertad de los trabajadores de la salud.

La Ley propuesta establece como principio general el derecho absoluto a obtener la práctica de abortos, incluso hasta los 9 meses cursados de embarazo, y la obligación de los profesionales de practicarlos a las pacientes que se lo requieran. Para esto, la Ley propuesta establece penas de hasta un año de prisión al profesional o directivo que dilate, obstaculice o niegue un aborto, y de hasta tres años si se hubiera generado “perjuicio” en la “salud” de la gestante, y prohíbe que el profesional realice a la paciente cualquier consideración ética o axiológica. Además, se prevé la suspensión de la matrícula hasta cinco años del profesional remiso a abortar.

El Proyecto de Ley que se discute pone enormes trabas al ejercicio del derecho humano a la objeción de conciencia, y además niega la actuación en conciencia del profesional objetor al aborto cuando se “requiera atención médica inmediata e impostergable”. Es una redacción confusa, que abre las puertas a sanciones y presiones sobre el juicio médico, y anula la real objeción de conciencia. Si un profesional piensa que una decisión determinada implica la supresión de una vida por acción u omisión, como medio o como fin, tiene derecho a abstenerse por completo de participar.

Asimismo, en el Proyecto de Ley sólo se reconoce la objeción del que ejecuta el aborto de manera directa, excluyendo al resto del personal hospitalario que de diversas maneras colabora con toda práctica quirúrgica. Los gobiernos democráticos tienen el compromiso político y jurídico de tratar a todos los individuos como agentes morales y de respetar el valor de su conciencia.

La Ley que se ha propuesto obliga a todo establecimiento sanitario, también privado, incluso confesional, a la realización de la interrupción voluntaria del embarazo. Al mismo tiempo, prohíbe toda objeción basada en el ideario fundacional de algunas de nuestras instituciones. El Proyecto prevé que el incumplimiento pueda derivar en severas condenas de cárcel para los directivos y remite expresamente a normas que establecen el cierre o clausura temporal o definitiva del establecimiento de salud.

Miles de argentinos nos eligen a diario para confiarnos lo más sagrado que tienen, sus personas y sus familias. Las instituciones de salud, creadas y llevadas adelante por personas que persiguen un bien compartido bajo valores comunes, también queremos elegir cómo curar y cuidar a los argentinos con la libertad que hemos tenido hasta ahora, y no ser coartados por una ley que explícitamente dice: “Queda prohibida la objeción de conciencia e ideario institucional”.

Nos unimos a la voz de todos los que vienen pidiendo que se proteja integralmente la vida, y, en su caso, abogamos por una legislación que respete la objeción de conciencia individual e institucional, que respete la libertad de pensar y de creer, de asociarse y de trabajar, de cuidar y de curar, de salvar y de sanar, sin que se corra el riesgo de prisión, de inhabilitación o de clausura por actuar de acuerdo a su propia conciencia e ideario.

Firman

Hospital Universitario Austral
Fleni
Sanatorio Mater Dei
Clínica Universitaria Reina Fabiola
Casa Hospital San Juan de Dios
Clínica San Camilo
Clínica Bazterrica
Clínica Santa Isabel
Clínica del Sol
Orden Hospitalaria de San Juan de Dios

Comunicado de instituciones sanitarias  -Institucional UCC



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